Abandono de ancianos durante la crisis del coronavirus Covid-19

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¿Ha estado expuesto mi ser querido a COVID-19 en su residencia?

Muchas residencias de ancianos en California no están informando a los familiares o pacientes de la exposición a COVID-19. Aquí hay una lista activa de los hogares de ancianos que han reportado uno o más casos de COVID-19 (tenga en cuenta que puede haber más hogares de ancianos o centros de vida asistida que no han informado): https://www.cdph.ca.gov/COVID-19/

Nuestros abogados sabemos que los residentes de hogares de ancianos y hogares de vida asistida son algunas de las poblaciones más vulnerables de California y nuestra misión es abogar por sus derechos. Desde enero de 2020, el Departamento de Salud Pública de California ha emitido varios memorandos de orientación para hogares de ancianos que deben seguirse con el fin de evitar una mayor propagación de COVID-19 en hogares de ancianos.

Si un ser querido se ha visto afectado por COVID-19 mientras se encontraba en una residencia de ancianos o en un centro de vida asistida, por favor Contacto para discutir las opciones legales.

Por qué las infecciones se propagan rápidamente en las residencias de ancianos

Hay muchas razones por las que COVID-19 puede estar propagándose a un ritmo elevado dentro de la red de residencias de ancianos y centros de vida asistida de California, entre las que se pueden incluir:

  1. Plan de infecciones inadecuado: Todas las instalaciones en California están obligadas a tener un plan de infección. Durante la crisis de COVID-19, el Departamento de Salud Pública de California ha publicado varias directrices adicionales, que incluyen el distanciamiento adecuado, la provisión de instrucciones para informar de los síntomas y la notificación a la familia y al personal potencialmente expuesto. Estas directrices específicas pueden consultarse aquí:                                              https://www.cdph.ca.gov/Programs/LNCAFL20
  2. Falta de formación adecuada del personal: El personal de las residencias de ancianos y de los centros de vida asistida suele tener una formación inadecuada o anticuada y es posible que no entienda del todo los requisitos para controlar las infecciones, esto es especialmente importante durante la crisis del COVID-19 porque muchos miembros del personal trabajan en varias instalaciones y pueden transportar el virus de una instalación a otra. La falta de formación actualizada sobre la prevención de un virus como el COVID-19 puede provocar brotes en residencias de ancianos.
  3. Aceptar nuevos pacientes que han dado positivo en COVID-19: En estas situaciones, es extremadamente importante cumplir todas las directrices del Departamento de Salud Pública de California. Es posible que se exija a los centros de California que permitan la admisión de pacientes con síntomas activos de COVID-19 en residencias de ancianos o centros de vida asistida; si este es el caso, es sumamente importante seguir todas las directrices.

Recuerde, es el DEBER de la institución prevenir el brote de enfermedades infecciosas dentro de la institución. Si su familiar contrajo el virus COVID-19 mientras se encontraba en una residencia de ancianos o en un centro de vida asistida, contacto uno de nuestros abogados para discutir posibles acciones legales.

¿Qué leyes de California pueden responsabilizar legalmente a un hogar de ancianos si alguien se infecta con COVID-19 mientras está en la instalación?

Existen varias leyes que pueden hacer penalmente responsables a los centros de asistencia y enfermería, sin embargo, corresponde a los abogados del gobierno hacer cumplir las leyes penales.

Civilmente, California tiene varias leyes que pueden ayudar a responsabilizar a un centro de ciertos actos negligentes que conduzcan a la propagación del COVID-19. Las principales normas están contenidas en el Código de Bienestar e Instituciones de California. Bajo este código, una instalación puede ser considerada responsable si son negligentes con la salud de los residentes. La obligación más importante en virtud de esta sección es que los centros deben proteger a los residentes de los peligros para la salud y la seguridad.

El brote de COVID-19 no tiene precedentes, lo que significa que los centros deben extremar las precauciones para evitar brotes. Si cree que un centro en el que reside un ser querido no está tomando las medidas suficientes para proteger a su familiar del COVID-19, contacte con uno de nuestros abogados.

¿Qué hacer si un ser querido ha estado expuesto al COVID-19 mientras estaba en una residencia de ancianos o en un centro de vida asistida?

  • Si cree que su ser querido ha contraído COVID-19 mientras se encontraba en una residencia de ancianos o en un centro de vida asistida, póngase en contacto con un abogado lo antes posible y tome nota de cualquier error evidente cometido por el centro.
  • Si su ser querido ha estado expuesto pero aún no se ha sometido a las pruebas, solicite que se someta a ellas inmediatamente, si es médicamente posible.
  • Pida revisar el plan de infecciones del centro, todas las residencias de ancianos están obligadas a tener uno. Pregunte a su ser querido si se ha llevado a cabo el plan.
  • Pregunte por las medidas que se toman para proteger a los residentes del centro.
  • Manténgase en contacto con su ser querido a distancia siempre que sea posible. Utiliza Facetime, Zoom, Skype, etc. para hablar con tu ser querido y mantenerle el ánimo alto durante esta crisis.

¿Qué hacer si su ser querido ha fallecido de COVID-19 mientras estaba en una residencia de ancianos o en un centro de vida asistida?

Perder a un ser querido es completamente devastador. Nuestros abogados están entrenados en la empatía y pueden ayudarle a navegar por todas las opciones legales. Nuestro compromiso es:

  • Investigar las circunstancias del caso particular de su familia
  • Recurrir a expertos para determinar si hubo un fallo de atención (negligencia) que pudiera haber causado la exposición a COVID-19.
  • Exigir responsabilidades legales a cualquier parte responsable en virtud de la legislación civil de California cuando proceda.

¿Qué puede recuperar nuestra familia si perdemos a un ser querido por COVID-19 debido a la negligencia de una residencia de ancianos o de una residencia asistida?

Los tipos de indemnización por la muerte por negligencia de un ser querido se encuentran en el Código de Procedimiento de California § 377.61. El estatuto según lo interpretado por varios casos en el tiempo encuentra que, dependiendo del caso, puede haber compensación por:

  • Pérdida de amor, compañía, consuelo, asistencia, afecto, protección, apoyo moral
  • Pérdida de la formación y orientación del difunto
  • Pérdida de apoyo financiero
  • Gastos funerarios y de sepelio

Si un miembro de la familia presenció el abuso o la negligencia y sufrió angustia emocional como resultado, las reclamaciones por "imposición negligente de angustia emocional" en su nombre podrían ser apropiadas y deben ser investigadas por un abogado.

En los casos de maltrato de ancianos, puede solicitarse una indemnización adicional por los honorarios del abogado y el dolor y sufrimiento del difunto antes de su muerte, en virtud del artículo 15657(a) del Código de Bienestar e Instituciones.

¿Quién puede presentar una demanda por homicidio culposo o una reclamación contra una residencia de ancianos o una residencia asistida por negligencia que haya causado la muerte de un familiar?

En California, sólo ciertos miembros de la familia pueden presentar una demanda por la muerte por negligencia de otro. Aunque cada caso es diferente, los siguientes miembros de la familia pueden tener una reclamación por muerte injusta: cónyuges, hijos, padres y hermanos. Hay algunas excepciones, si usted tiene preguntas acerca de si puede o no presentar una demanda por muerte injusta, póngase en contacto con nuestro bufete y pregunte directamente a un abogado.

¿Cuánto le costará a nuestra familia contratar a un abogado e investigar y presentar una reclamación por la muerte de un familiar en una residencia de ancianos o un centro de vida asistida?

Nuestra firma trabaja en base a contingencia para demandas de abuso de ancianos, esto significa que su familia no pagará nada hasta que haya recuperación monetaria. Esto significa que Corrales Law Group pagará todos los costos iniciales de las investigaciones, la contratación de expertos, la retención de todos los registros médicos, etc.

¿Cómo puedo consultar a un abogado durante las órdenes de permanencia en el hogar?

Muchas áreas en California están bajo órdenes de permanecer en casa. Nuestros abogados quieren que las familias permanezcan seguras y se han trasladado a una plataforma totalmente digital. Nuestros abogados ofrecen consultas a través de reuniones de Zoom, Facetime, Skype y teléfono. Todos los documentos pueden ser firmados fácilmente por correo electrónico a través de DocuSign. Póngase en contacto con nosotros para concertar una consulta hoy mismo.

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