
California se enfrenta a un aumento de la población de personas mayores y adultos dependientes que viven en residencias de ancianos y el estado cuenta con diversas leyes que protegen a esta población contra cualquier tipo de abuso o negligencia. Muchos de nosotros hemos visto en las noticias reportajes en los que se muestran videos de personas mayores que sufren abusos; este tipo de abuso es espantoso y puede dejar a una familia completamente aterrorizada. Existen leyes tanto civiles como penales para proteger a los residentes de California contra los abusos, tanto los más evidentes como los más sutiles.
Más allá de los casos en los que un residente de un hogar de ancianos o de una residencia asistida sufre maltrato físico directo, las leyes de California otorgan a los residentes de estos centros numerosos derechos. Cuando se violan estos derechos, un Abogado de lesiones personales puede contribuir a garantizar que el residente que sufre maltrato o negligencia pueda emprender acciones legales contra el centro.
Nuestro bufete ha representado con éxito a numerosas familias en demandas contra residencias de ancianos y centros de vida asistida civilmente responsable.
El maltrato de ancianos es un delito, y si sospecha que un ser querido está siendo maltratado físicamente llame al 9-1-1 y denuncie el maltrato físico de inmediato.
Desde el punto de vista civil, las leyes que protegen a las personas mayores y a los adultos dependientes de diversas formas de maltrato pueden encontrarse en Código de Bienestar e Instituciones de California, sección 15600En esta sección encontrará varias protecciones que se describen a continuación. También puede llame a uno de nuestros abogados para hablar de su situación concreta.
El artículo 15600 del Código de Bienestar e Instituciones de California ofrece protección y recursos adicionales a determinadas personas. En virtud del estatuto, se prevén recursos y protecciones adicionales para:
La ley en Condado de Orange, CA define el maltrato en sentido amplio. El maltrato adopta muchas formas, la legislación de California protege a esta población de abusos que incluyen el maltrato físico, el abuso económico, el trato negligente y el aislamiento. Muchas acciones ilícitas pueden calificarse como maltrato, incluida la privación al anciano o adulto dependiente de cuidados o bienes que son necesarios para el residente.
Hay muchas formas de maltrato físico contempladas por la ley, algunas de las cuales son la agresión, la coacción injustificada, la agresión sexual o la violación, y mantener a la persona sin comida ni agua. Si tiene dudas sobre si algunos tratamientos pueden considerarse malos tratos, contacte con uno de nuestros abogados hoy para hablar de ello.
Muchos actos negligentes contra los ancianos o adultos dependientes están cubiertos por la ley de California, incluyendo:
Si no está seguro de si un acto realizado por un hogar de ancianos o un hogar de vida asistida califica como negligencia, por favor póngase en contacto con uno de nuestros abogados.
Los malos tratos se producen de muchas formas diferentes, muchas familias no pueden vigilar constantemente a sus seres queridos en residencias de ancianos o residencias asistidas y por eso es importante estar alerta cuando se les visita para buscar algunos de los signos comunes de malos tratos:
Tipos de indemnización por el muerte por negligencia Las disposiciones relativas a la indemnización por la muerte de un ser querido se recogen en el artículo 377.61 del Código de Procedimiento de California. Según la interpretación que se ha hecho de esta ley a lo largo del tiempo en diversos casos, dependiendo de las circunstancias, puede concederse una indemnización por:
Si un miembro de la familia presenció el abuso o la negligencia y sufrió angustia emocional como resultado, las reclamaciones por "imposición negligente de angustia emocional" en su nombre podrían ser apropiadas y deben ser investigadas por un abogado.
En los casos de maltrato a personas mayores, se puede solicitar una indemnización adicional por los honorarios de los abogados y los gastos del difunto dolor y sufrimiento antes del fallecimiento, conforme al Código de Sucesiones e Instituciones, § 15657(a).
En California, sólo determinados miembros de la familia pueden presentar una reclamación por el muerte por negligencia de otro. Aunque cada caso es diferente, los siguientes miembros de la familia pueden tener una reclamación por muerte injusta: cónyuges, hijos, padres y hermanos. Hay algunas excepciones, si usted tiene preguntas acerca de si puede o no presentar una demanda por muerte injusta, por favor póngase en contacto con nuestra firma y pregunte a un abogado directamente.
Nuestra firma trabaja en base a contingencia para demandas de abuso de ancianos, esto significa que su familia no pagará nada hasta que haya recuperación monetaria. Esto significa que Corrales Law Group pagará todos los costos iniciales de las investigaciones, la contratación de expertos, la retención de todos los registros médicos, etc.
Nuestros abogados toman casos de abuso y negligencia de ancianos en todo California. Nuestros abogados ofrecen consultas a través de reuniones de Zoom, Facetime, Skype y teléfono. Todos los documentos pueden ser firmados fácilmente por correo electrónico a través de DocuSign. Póngase en contacto con nosotros para concertar una consulta hoy.
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